Comparación entre los estados real e ideal de lo político-jurídicü

Fuente: https://www.dreigliederung.de/gliederung/vergleich, Autor: Werner Breimhorst:  Die soziale Dreigliederung und die aktuelle Situation (La trimembración social y la situación actual)  
   
ESTADO REAL

«Hinchada» vida jurídica de carácter representativo-democrático
ESTADO IDEAL

Vida jurídica democrática en un Estado de aparato administrativo reducido bajo la trimembración del organismo social
General  
La República Federal de Alemania, por ejemplo, se entiende como un Estado de derecho democrático, social y federal. La República Federal de Alemania se entiende como un Estado democrático. Las actividades del Estado del bienestar no pertenecen a sus responsabilidades. El federalismo es un elemento que pertenece a la particularidad cultural del pueblo alemán.
Hay separación de poderes entre el legislativo, el ejecutivo y el judicial. Hay separación de poderes entre el legislativo, el ejecutivo y el judicial, con las siguientes modificaciones:
El partidismo y el pensamiento uniforme de los seguidores de los partidos está por encima del sentido de justicia y de la capacidad de valoración y juicio del individuo en la vida democrática. El sentido de justicia del individuo prevalecerá sobre el sentimiento partidista dentro de un partido político.
El Estado prolifera como una úlcera cancerosa en las áreas de la cultura y la economía. El resultado son: insaciabilidad financiera, endeudamiento, y burocracia rampante. El Estado se limita a un nivel saludable de sus tareas: la preservación del derecho público y la protección de los ciudadanos tanto en cuestiones internas como externas. Este Estado, con administración mínima necesaria, causará mucho menos costo y trabajo administrativo.
La vieda cultural  
El Estado se encarga de la educación con sus propios maestros y colegios, ejerce su supervisión técnica y legal, y determina el modo de evaluación y los programas de estudio. El Estado asegura la libertad de la enseñanza. Pero no mantiene un sistema de educación propio.
El Estado opera con sus propias instituciones científicas. El Estado garantiza la libertad de investigación y enseñanza. Sin embargo, no sostiene instituciones científicas propias.
El Estado fomenta el arte y sostiene museos y galerías. El Estado garantiza la libertad artística pero no interviene en la vida cultural.
El Estado da preferencia (derechos privilegiados) a ciertas religiones. El Estado garantiza la libertad de religión, pero no interviene en la vida religiosa.
El Estado se compromete activamente por la salud de los ciudadanos y da preferencia a determinadas terapias. El Estado garantiza la libre elección médica, terapéutica, contractual y de seguros. Garantiza la seguridad jurídica en la asistencia sanitaria. Pero no es activo en cuestiones de salud.
El Estado opera con sus propios medios y órganos de información. El Estado garantiza la libertad de expresión y de prensa. Pero no mantiene sus propios medios de información.
El estado sanciona violaciones de la ley en todo el ámbito jurídico. El Estado sanciona las violaciones de la ley en el ámbito del derecho público. La jurisprudencia en el ámbito del derecho privado y criminal, la deja al ámbito cultural-espiritual auto-gestionado. Dentro de estos ámbitos, los ciudadanos pueden elegir un juez de su preferencia.
Los partidos políticos interfieren en la libertad de voto, eluden la separación de poderes y tienen un monopolio en el proceso de formación de la voluntad política. Los partidos políticos participarán, además de las personas individuales (es decir, el Pueblo) en el proceso político. El Estado se empeña en la separación de poderes y en la independencia de los diputados. El interés en los partidos disminuirá, y crecerá la objetividad en decisiones políticas, por ejemplo, mediante la introducción de referéndums como medio de control de las decisiones del parlamento a través del Pueblo.
La economía  
El estado despliega actividades económicas. El Estado no despliega ninguna actividad económica.
El Estado interviene en la economía con los instrumentos de política económica con el fin de garantizar un crecimiento constante (por ejemplo. mediante los tipos de cambio, subsidios, inversiones, etc.). El Estado no posee tales instrumentos para intervenir en la vida económica. El intervencionismo parlamentario de grupos de interés culturales y económicos (cabildeo, grupos de presión) no tendrá ningún efecto en el gobierno ni en el proceso legislativo.
El Estado emite dinero como moneda de curso legal. En el espacio de la Unión Europea, esta tarea ha sido trasladada al sistema de bancos centrales europeos.

El objetivo de las autoridades monetarias europeas es el control de la estabilidad de precios a través de la regulación de la oferta monetaria y el tipo de interés, para influir en la demanda de dinero.

No se busca el equilibrio constante entre el dinero y la producción de mercancías. Reconocido como bien de ahorro, el dinero no circula y causa una permanente pérdida de poder adquisitivo (inflación).
Acorde con una correcta comprensión de la autoadministración, el dinero solo se generará donde se produce el único contra-valor posible del dinero: la mercancía.

Las asociaciones, como órganos autónomos de la vida económica, emiten el dinero y controlan el equilibrio entre las mercancías y la disponibilidad de dinero.


«La moneda es el medio razonable del organismo económico completo por su función administrativa.» La función del dinero se limita a ser una medida del valor y un medio de intercambio.
Nuevas tareas  
Un Estado manipulable y corrupto cede ante los intereses de la economía y acepta los daños causados en la naturaleza y en el ser humano. La vida jurídica independiente protege a las personas y a la naturaleza de posibles daños económicos mediante marcos legislativos. Éstos incluyen principalmente regulaciones relativas al trabajo. A consecuencia, la economía adquiere una dependencia comparable con la de las materias primas y las condiciones naturales.
Suelo y medios de producción son mercancías que pueden ser vendidas, heredadas o regaladas. El derecho de propiedad se convierte aquí en mercancía; las ganancias corresponden al propietario. Suelo y medios de producción no son mercancías que pueden ser vendidas, heredadas o regaladas. El derecho de propiedad no se convierte en mercancía; las ganancias, a largo plazo, corresponden a la sociedad. Con este fin, las personas determinan en la vida jurídica las condiciones de cómo el suelo y los medios de producción deben ser transferidos de un empresario a un sucesor suyo.
Financiación de la vida jurídica  
El Estado determina los impuestos, el tipo y la cuantía de los mismos, además de su uso. Con respecto a la distribución de los impuestos sobre ciertos grupos (por ejemplo, autónomos/no autónomos, queroseno/otros tipos de petróleo), los intereses económicos (grupos de presión) tienden a manipular al parlamento. «Dentro de la vida jurídica se lleva a cabo la regulación de los requisitos fiscales generales y el uso de los impuestos. Su impuestos entre las áreas económicas individuales será a cargo de las asociaciones.» Por lo tanto habrá una decisión democrática acerca del «qué» y del «para qué» de la financiación, pero no acerca de las fuentes de recaudación.

El actual carácter de mercancía que tiene el dinero hoy, puede hacer creer que tenga una cualidad real. Por lo tanto, el impuesto sobre la renta sigue siendo considerado justo.



En relación con las tareas del Estado cada vez mayores, esta ilusión ha conducido a que el sistema fiscal se convirtiera en algo muy complicado y burocrático.

El dinero es un documento que prueba que se han producido bienes. Con el total del dinero tenemos una especie de «contabilidad fluída». «Por lo tanto, si queremos que el sistema fiscal no sea un parásito de los procesos económicos, y si queremos crear algo que sea una verdadera entrega del proceso económico a la sociedad, entonces hay que gravar el capital en el momento  en el que se transfiere a dicho proceso económico. De ahí resulta la propuesta de Rudolf Steiner de transformar el impuesto de ingresos en un impuesto de consumo (que no hay que confundir con el impuesto indirecto).»